Carlos Monte de Oca y Paola Mercedes Molina Suazo, fueron declarados en rebeldía por estos no presentarse a la audiencia preliminar del caso Antipulpo.
El juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Deivi Peguero, expuso la rebeldía en contra de los dos implicados ante la no comparecencia de estos ante el tribunal.
Se ordenó además la publicación de los datos personales de ambos imputados en un medio de comunicación de circulación nacional para facilitar su búsqueda y posterior arresto.
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De igual modo, el tribunal ordenó el arresto de los imputados y dispuso impedimento de salida del país en su contra.
Posteriormente el juez Deivi Peguero receso el proceso en cuanto a los dos imputados hasta tanto se presenten de forma voluntaria o una vez sean arrestados, en virtud del artículo 100 de la normativa procesal penal.
En relación al imputado Francisco Ramón Brea el juez, se le dio un plazo de 48 horas para que justifiquen la inasistencia de su defensa técnica y que en caso de no justificar se procederá decretar el abandono de los abogados, debiendo esto designar nueva defensa o de lo contrario el tribunal le designará uno de la defensa pública.