El Cuarto Juzgado de la Instrucción rechazó la acción de amparo con la que el imputado Jean Alain Rodríguez Sánchez pretendía que el Ministerio Público dejara de utilizar el nombre “Operación Medusa” respecto al amplio operativo que desplegó para evitar que quedara en la impunidad la red de corrupción que el exfuncionario encabezó durante su gestión en la Procuraduría General de la República.
Tras conocer el fallo, el procurador adjunto Wilson Camacho, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), ponderó la decisión de la jueza Altagracia Ramírez respecto a la acción de amparo con la que Rodríguez Sánchez también pretendía que los medios informativos borraran de sus portales digitales el nombre “Operación Medusa” y, además, se abstuvieran de utilizarlo en el futuro.
“En el día de hoy este tribunal ha decidido, de manera correcta y en base a derecho, que el Ministerio Público no afecta ningún derecho fundamental cuando pone nombres a sus operaciones”, sostuvo Camacho.
“Ha entendido el tribunal, tal y como se lo planteó el Ministerio Público, que el nombre que ponemos en cada una de las operaciones, identifica a esa operación y que no hace referencia de manera particular a ninguno de los integrantes (de los expedientes sometidos a la justicia)”, añadió.
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Resaltó que el Ministerio Público incluso se cuida en la difusión de algunos alias que pudieran ser ofensivos. Deploró que la acción de amparo procuraba incluso, conforme al escrito, que el Ministerio Público pidiera disculpa al imputado.
“Procuraba, conforme el escrito que (los abogados de la defensa) depositaron en el tribunal, que el Ministerio Público retirara de sus medios el nombre de Medusa y procuraba además que el tribunal obligara a los medios de comunicación, ya sean digitales o escrito, al retiro del nombre Medusa de estos medios”, dijo.
Especificó que esas peticiones están incluidas en el escrito presentado por el imputado Rodríguez Sánchez ante el tribunal, específicamente en el tercer petitorio, en la página número 24.
“Todos estos temas…, unos porque fueron entendidos por la propia defensa, porque la fuerza de la verdad tiene esa condición aplastante, y no fueron planteados en el tribunal, y el que fue planteado en el tribunal, que se refería exclusivamente al Ministerio Público, ha sido rechazado por el tribunal, porque el Ministerio Público no ha vulnerado derechos fundamentales”, resaltó Camacho.
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“Hemos dicho en más de una ocasión que nosotros somos celosos del respeto del debido proceso y así es como procedemos”, indicó, al responder preguntas de los periodistas que lo abordaron al salir de la audiencia en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, al que acudió en compañía de un equipo de fiscales de la Pepca integrado por la procuradora de corte Mirna Ortiz y el fiscalizador Enmanuel Ramírez.
El exprocurador Rodríguez Sánchez enfrenta cargos criminales por encabezar una red de corrupción entre 2016 y 2020, cuando se desempeñó como procurador general de la República.
El órgano persecutor de la corrupción administrativa les imputa la violación a los artículos 123, 124, 166, 167, 265, 266 y 405 del Código Penal, que describen y sancionan la coalición de funcionarios, prevaricación, asociación de malhechores y estafa contra el Estado, entre otras normas jurídicas.