Abinader suspende a Faña tras denuncia de agresión sexual

Abinader suspende a Faña tras denuncia de agresión sexual

Almuerzo del Grupo de Comunicaciones Corripio. Sector agricola. Jovany Molina, Fernando Duran, Limber Cruz, Olmedo Caba, Leonardo Faña, Miguel Laureano e Ivan Hernandez. El Nacional/ Jorge Gonzalez

El presidente Luis Abinader suspendió ayer al director del Instituto Agrario Dominicano (IAD), Leonardo Antonio Faña, luego de que este le hiciera el pedimento, a fin de enfrentar las imputaciones que le hace una exfuncionaria de la institución, que lo acusa de agresión sexual.

“Me permito, señor presidente solicitarle una licencia laboral, para con ello, cesante de mis funciones, poder enfrentar sin tropiezos, esta causa política, en la que demostraré mi inocencia, fuere en el plano legal o político”, expresa Faña en la carta dirigida al primer mandatario.

En la misiva, Faña señala que es acusado ‘sin fundamento’, por una exfuncionaria, de nombre María Isabel, que laboró en IAD desde agosto pasado hasta el 11 de enero en curso y que habría renunciado porque halló una posición mejor.

El funcionario, quien publicó un espacio pagado la solicitud de licencia al cargo, afirmó que nunca se atrevería a manchar el ‘digno nombre’ del Gobierno y que está seguro que demostrará su inocencia. Manifestó que siempre ha tenido una trayectoria pública intachable y de compromiso en contribuir con el bienestar del país.

La denuncia. La Fiscalía del Distrito Nacional informó que investiga una denuncia por supuesta agresión sexual en contra de Faña.

La coordinadora la Unidad de Violencia de Género de la Rómulo Betancourt, Belkis Rodríguez, dijo en una comunicación que por el momento están en el proceso de levantamiento de información para corroborar la denuncia interpuesta este lunes 18 por la alegada exempleada del IAD.

Rodríguez explicó que el Ministerio Público sigue los protocolos de la Ley 24-97 sobre Violencia Intrafamiliar y Delitos Sexuales.

Abinader acoge solicitud. La solicitud de Faña fue acogida por el presidente, quien decidió suspenderlo de manera temporal y en virtud de lo establecido en la Ley 41-08 de Función Pública.

La norma establece en su artículo 88 que para realizar una investigación judicial o administrativa, fuere conveniente suspender a un servidor público, procedería hasta por sesenta días continuos, siendo posible la prorrogación por una sola vez.

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