CNSS extiende plazo cobertura de atenciones médicas a trabajadores suspendidos

CNSS extiende plazo cobertura de atenciones médicas a trabajadores suspendidos

Felix Aracena Vargas.

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la resolución No. 505-02 dispuso que todos los trabajadores suspendidos junto a sus dependientes directos y adicionales, continúen con la cobertura que le ofrece su afiliación al Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo, según informó el gerente general del CNSS, Felix Aracena Vargas.

“Durante una sesión ordinaria el Consejo extendió la cobertura desde el 1ero. al 31 de octubre del 2020, con esta aprobación del órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social, estos trabajadores tienen derecho a continuar solicitando servicios de salud si así lo requieren”, expresó

El funcionario destacó que esta resolución evita que miles de trabajadores suspendidos

queden desprotegidos lo que podría ser catastrófico tomando en cuenta el Estado de Emergencia Nacional, producto de la pandemia del COVID- 19.

Recordó que la aprobación de esta resolución incluye las coberturas de los Subsidios por Enfermedad, Maternidad y Lactancia, para los trabajadores afiliados.

Aracena Vargas, dijo que los aportes para dicha cobertura, se están reduciendo en razón de que cada mes hay más trabajadores incorporados a sus puestos de trabajo.

Enfatizó que la disposición del CNSS solicita a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) realizar y presentar al CNSS, un estudio actuarial del Fondo de la Cuenta del Cuidado de la Salud, proyectado hasta el 31 de diciembre del 2020.

Esto con el objetivo de ponderar otras fuentes de financiamiento para la cobertura del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo, a más tardar en 10 días; a lo cual deberá darle seguimiento la Comisión de Presupuesto, Finanzas e Inversiones (CPFeI).

El artículo 22 de la Ley No. 87-01, establece que el CNSS tiene a su cargo la dirección y conducción del SDSS y como tal, es responsable de establecer las políticas, regular el funcionamiento del sistema y de sus instituciones, garantizar la extensión de cobertura, defender a los beneficiarios, así como de velar por el desarrollo institucional, la integralidad de sus programas y el equilibrio financiero del SDSS.