Consultorio laboral; Pagos en licencia médicas

Consultorio laboral; Pagos en licencia médicas

Carlos Hernández Contreras

Tengo un empleado de licencia médica hace 4 meses. Tiene cáncer con quimioterapias. Hemos seguido pagándole, pero con la pandemia nuestro negocio está sumamente afectado. ¿Qué podemos hacer ahí? ¿Podría cancelarlo?

Si lo tiene afiliado en TSS, usted podría descontinuar de pagar salario. De hecho, usted no estaba en la obligación de seguir pagándole, desde que él empezó a presentar licencias médicas, pues precisamente para situaciones como esa es que se paga un seguro de salud; para que sea la Seguridad Social quien pague los subsidios correspondientes.


Le recomiendo que se comunique (por escrito) con el empleado y le informe que a partir de la siguiente quincena ya no se le continuaría pagando su salario, como hasta ahora, durante 4 meses se estuvo haciendo. Se le debe informar que desde el inicio de la licencia la empresa no estaba obligada a pagar remuneración alguna, pero que se hizo por razones humanitarias, pero que dado lo prolongada de la situación, se hace insostenible pagarle un sueldo sin trabajar.

Al ofrecer esas explicaciones, convendrá citar el Art. 50 del CT, así como el Art. 131 de la Ley 87-01, de Seguridad Social. Desde ese instante (si no se ha hecho antes) la empresa deberá colaborar con la presentación del subsidio de enfermedad común que otorga la SISARIL a través de la TSS.


Por último, mientras esté de licencia no pueden cancelarlo. De otra parte, si el estado de licencia se prolonga por un año, el contrato termina por aplicación del Art. 82.3 del CT. Sin embargo, esto no es automático. Hay que formalizarlo comunicándolo al empleado y al MT. Además, ocurrido el caso, habría que pagar al trabajador la Asistencia Económica prescrita en el citado Artículo 82.

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