Cámara de Diputados acoge observaciones y modificaciones a leyes

Alfredo Pacheco durante sesión Cámara de Diputados.
En la última sesión extraordinaria de este martes, la Cámara de Diputados (CDE) aprobó las observaciones del Poder Ejecutivo al proyecto de ley de Fiscalización y Control del Congreso, normativa que dota por primera vez al primer poder del Estado de la fuerza para requerir rendición de cuentas a los funcionarios.
De igual modo, acogió las observaciones del Poder Ejecutivo a los proyectos de ley de Bien de Familia, así como el de Ley Orgánica del Ministerio de Justicia.
Acogió, en única discusión, las modificaciones hechas por el Senado al proyecto de ley de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios, normativa que busca un equilibrio entre el propietario y los arrendatarios.
Control del Congreso
En única lectura, la Cámara de Diputados acogió las observaciones realizadas a la Ley Orgánica de Fiscalización y Control del Congreso Nacional, aunque el vocero de la bancada de la Fuerza del Pueblo consideró que el Ejecutivo debilitaba la ley con los cambios introducidos.
Sin embargo, otros legisladores como Wandy Batista y el propio presidente, Alfredo Pacheco, respondieron a Castillo que solo tenían dos opciones: aprobar las observaciones o dejarla que perimiera, por lo que se impuso la primera.
Pacheco afirmó que con esa ley, el Congreso de la República “se pone los pantalones largos” en cuanto a exigir rendición de cuentas a los funcionarios, con sanciones en caso de negativas. Las observaciones a la Ley de Fiscalización y Control del Congreso fueron realizadas en cinco artículos: 35, 41, 47, 49, 58 y 87.
Alquileres
En cuanto al proyecto de ley Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios, destaca en el artículo 13, con el que el propietario podrá exigir al inquilino o arrendatario, como depósito, un monto no mayor de dos meses del precio del alquiler.
La iniciativa detalla en el artículo dos, que la ley rige para los contratos de alquiler, con excepción de fincas rurales, pensiones y hospedajes, parques o empresas de zonas francas que operan bajo la normativa vigente.
Asimismo, los alquileres de inmuebles con fines turísticos o recreativos, cuya duración sea no mayor de noventa días, además, los bienes del Estado dados en alquiler o arrendamiento.