Semana Santa
Luis Abinader se reunirá este domingo con el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional
En un mensaje enviado a la prensa, el Palacio Nacional informó que en el encuentro se tratarán temas de interés nacional, aunque no especificaron cuáles serían esos tópicos.

En un mensaje enviado a la prensa, el Palacio Nacional informó que en el encuentro se tratarán temas de interés nacional, aunque no especificaron cuáles serían esos tópicos.
El presidente Luis Abinader encabezará este domingo la reunión de trabajo del Consejo de Seguridad y Defensa Nacional, desde las 6:30 de la tarde de este Domingo Santo, en el Ministerio de Defensa.
En un mensaje enviado a la prensa, el Palacio Nacional informó que en el encuentro se tratarán temas de interés nacional, aunque no especificaron cuáles serían esos tópicos.
El Consejo, según el decreto 86-21, funciona como órgano consultivo que asesora al presidente de la República en la formulación de las políticas y estrategias de seguridad y defensa nacional y en cualquier otro asunto que el Poder Ejecutivo someta a su consideración, es el rector del sistema de seguridad del país.
El mismo está integrado por el presidente de la República, los ministros de Defensa, de la Presidencia, de Interior y Policía, los directores del Departamento Nacional de Investigaciones (DNI), de la Policía Nacional y Nacional de Control de Drogas.
De acuerdo al párrafo 1 del decreto, el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional podrá solicitar al presidente de la República convocar a otros funcionarios del Poder Ejecutivo, así como invitar a otros de los demás poderes del Estado, a expertos en seguridad y defensa o a cualquier persona que sea de interés del Consejo.
De igual forma, ninguno de sus miembros podrá delegar en otra persona la participación en este consejo, “con excepción del presidente de la República Dominicana, así como del ministro de Defensa y el director general de la Policía Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del presente decreto”.
Este artículo señala que el Consejo sesionará con,por lo menos 3 de sus miembros. La presencia del presidente de la República o su representante en las reuniones es necesaria para su validez.
El órgano se reunirá de manera ordinaria una vez cada dos meses, y de manera extraordinaria, cuando sea convocado por el presidente de la República.