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Contrataciones públicas en 2026: una reforma necesaria que exige preparación institucional

Los retos de las contrataciones públicas en 2026: una reforma necesaria que exige preparación institucional

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El año 2026 marca un punto de inflexión para el sistema de contrataciones públicas en la República Dominicana. La entrada en vigencia de la Ley núm. 47-25 representa una reforma largamente necesaria y esperada, orientada a modernizar un marco normativo que, durante veinte años, operó bajo la Ley 340-06. El cambio no solo era inevitable, sino indispensable para responder a nuevas exigencias de eficiencia, transparencia, sostenibilidad y gestión por resultados en la administración pública.

La nueva ley introduce avances significativos que merecen ser resaltados. Reestructura el sistema con una visión estratégica de la contratación pública, fortalece el rol del órgano rector, promueve la profesionalización de las unidades de contratación y adopta un enfoque de valor por dinero. Asimismo, incorpora criterios de sostenibilidad, impulsa la digitalización del ciclo contractual y amplía la participación de las MIPYMES, de las mujeres proveedoras y del desarrollo local. Desde una perspectiva normativa, la Ley 47-25 es moderna, innovadora y coherente con estándares internacionales.

Dentro de estas innovaciones, la ley también amplía y diversifica los tipos de procedimientos de contratación, reconociendo que no todas las necesidades del Estado requieren el mismo nivel de complejidad. Se introducen figuras como la licitación pública abreviada, pensada para bienes y servicios comunes de alto valor con plazos más cortos; y la contratación simplificada, que sustituye la comparación de precios con un esquema más flexible. A esto se suman los convenios marco y la tienda virtual, que fomentan compras centralizadas y eficientes, así como mecanismos más innovadores como la asociación para la innovación y la contratación en atención al resultado, que orientan la contratación hacia soluciones y resultados medibles. Bien aplicadas, estas figuras tienen el potencial de hacer más ágil y estratégica la ejecución del gasto público.

Precisamente por la trascendencia de esta reforma, el principal reto del 2026 no radica en la conveniencia del cambio, sino en su implementación práctica. La contratación pública no es una ley accesoria ni decorativa; es el vehículo a través del cual se ejecuta el presupuesto y se materializan las políticas públicas del Estado. Sin contrataciones funcionales, no hay obras, no hay servicios, no hay programas ni resultados concretos para la ciudadanía.

En este contexto, la operatividad del nuevo sistema se convierte en el desafío central. La Ley 47-25 redefine responsabilidades, introduce nuevos procedimientos y fortalece el régimen sancionador, elevando de manera significativa los estándares de actuación de los actores públicos. Sin embargo, a pocas semanas de su entrada en vigencia, aún se encuentran pendientes instrumentos esenciales como el reglamento de aplicación, los manuales operativos, los modelos de pliegos de condiciones y los formularios estandarizados para proveedores. Esta situación no deslegitima la reforma, pero sí exige un acompañamiento inmediato para evitar que la transición se vea afectada por la improvisación.

Un elemento que no puede pasarse por alto es que la nueva ley incorpora responsabilidades administrativas y también consecuencias penales por acción u omisión en determinados supuestos. Esto refuerza, aún más, la necesidad de una capacitación clara y oportuna de todos los actores del sistema. El objetivo de estas disposiciones no debería ser criminalizar el error derivado del desconocimiento, sino prevenir conductas que afecten la integridad del sistema. Por ello, resulta fundamental que las unidades de compras, las direcciones jurídicas, los comités de contratación y los órganos de control comprendan con precisión el alcance de sus nuevas obligaciones, para evitar que errores evitables generen responsabilidades innecesarias.

La Ley 47-25 eleva el estándar ético, técnico y operativo de la contratación pública, y lo hace con razón. Sin embargo, elevar el estándar sin preparar adecuadamente a quienes deben cumplirlo puede generar temor, parálisis administrativa o decisiones excesivamente conservadoras que terminen afectando la ejecución presupuestaria. La finalidad de la reforma no es que los servidores públicos actúen con miedo, sino que cuenten con herramientas, criterios claros y seguridad jurídica para tomar decisiones responsables.

De cara al 2026, el verdadero reto de las contrataciones públicas no es resistirse al cambio, sino gestionar correctamente la transición. La reforma es necesaria y oportuna; ahora corresponde acompañarla con formación, socialización y apoyo técnico suficientes para que sus virtudes se traduzcan en resultados reales. Solo así la nueva ley cumplirá su propósito esencial: fortalecer la capacidad del Estado para ejecutar sus políticas públicas con eficiencia, integridad y enfoque en resultados, sin sacrificar la operatividad ni la seguridad jurídica de quienes hacen posible la gestión pública día a día.

Sobre el autor
Stephany Rosario

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