Escala impositiva personas

Críspulo Pérez.
La escala impositiva para las personas físicas fue modificada mediante la ley 557-05 del 13 de diciembre del 2005, y contenía hasta ese momento una exención fiscal anual ascendente a RD$276,422.00 y además esta, de conformidad con dicha ley tiene que ser ajustada anualmente según las cifras publicadas por el Banco Central. El ajuste por inflación en lo concerniente a la señalada escala ha sido suspendido mediante leyes diferentes, pero la ley 253-12 estableció una escala con una exención anual de RD$399,923.00 y a su vez dispuso que para los años fiscales 2013, 2014 y 2015 no se aplicaría dicho ajuste por inflación, el cual como se comprende es aplicable a todas las personas físicas no solo a los asalariados.
Por otra parte en el Congreso Nacional existe un proyecto de ley, tendente elevar la exención personal a la suma de RD$50,000.00 mensuales, aduciendo con sobradas razones que la canasta básica es de alrededor de esa cantidad, apoyamos esta decisión, porque es cónsona con la técnica impositiva del impuesto sobre la Renta.
Esta escala al día de hoy es la siguiente: hasta 416,220.00 exenta es decir no paga, desde RD$416,220.01 hasta RD$624,329.00 paga 15%, desde RD$624,329.01 hasta RD$867,123.00 paga un 20%, y desde 867,123.01 en adelante paga 25%.
Recordamos que desde antes del presente Código Tributario dijimos que lo conveniente sería mejorar la ley existente puesto que esta se sustentaba en criterios técnicos impositivos comprobados, mientras que el producto resultante, no responde a ninguna doctrina tributaria, por lo tanto, el Código Tributario vigente no es ni un impuesto Real ni mucho menos Personal, dejando sin sustento técnico necesario la deducción de los gastos.