Ley
La etiqueta complementaria: un engaño
Adquirí un producto importado. Quería conocer sus características, ya que se trataba de un alimento. Sencillamente no pude leer la información porque estaba borrada.

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Desde que se aprobó la Ley 358-05, que protege los derechos del consumidor en la República Dominicana, se aboga para que la información en las etiquetas de los alimentos llegue en español. La ley lo precisa, igual que las leyes de Salud, de Medio Ambiente y la Nordom 53.
En 2010 se estableció una fecha límite para implementar esa disposición, pero no se logró. El sector empresarial informó que miles de artículos no habían podido entregarse con la etiqueta conforme a la ley y propuso una etiqueta complementaria que se añadiría a los productos.
No se fijó una fecha límite para ese rótulo y hoy tenemos una vergüenza: envases cuya etiqueta complementaria “tapa” parte de la información que viene en inglés y otros idiomas, cubre la fecha de caducidad, trae letras ilegibles o se borra por la mala calidad del papel en que está impresa. Así se viola, en la práctica, el derecho a la información. Eso no es un detalle menor: afecta alergias, diabetes, hipertensión y decisiones de compra responsables.
Adquirí un producto importado. Quería conocer sus características, ya que se trataba de un alimento. Sencillamente no pude leer la información porque estaba borrada.
Los rótulos de los alimentos están llamados a informar a los consumidores sobre las propiedades nutricionales, los componentes del producto, la cantidad en gramos y otras informaciones relevantes, para que la decisión de compra sea informada.
Pongo un ejemplo: la sal cuya etiqueta alega que contiene yodo. Cuando leemos la tabla de contenidos, no figura ni el yodo ni los gramos del micronutriente -el yodo es indispensable para prevenir enfermedades de la glándula tiroides-.
Otras informaciones importantes en las etiquetas no son entendidas por los consumidores, y muchas aparecen para llenar requisitos legales, pero no cumplen con el rol para el cual las normas nacionales e internacionales fueron concebidas.
Como la alimentación es un componente fundamental para la salud, es de rigor que la información sea suficiente y veraz. Como afirma la OCDE, debe llegar de manera clara y entendible a toda la población, incluyendo los dialectos en que se comunican las comunidades.
No cumplir con lo que estipulan las leyes y las normas nos hace vulnerables frente a la seguridad jurídica y atenta contra la institucionalidad con que se construye el Estado de derecho. En vista de que no se cumple con leyes que regulan el etiquetado y de que está en juego la salud, nos decantamos por el Etiquetado Frontal de Advertencia Nutricional (EFAN), porque facilita una interpretación rápida de los nutrientes críticos de los alimentos, causantes de enfermedades crónicas no transmisibles.
Salud Pública elaboró una resolución para que se aplique el EFAN en los rótulos de los alimentos, pero ha encontrado escollos por serios conflictos de intereses. Aun así, encontramos en los anaqueles de los supermercados productos importados desde países donde, por ley, deben figurar esos rótulos. En el Congreso existen varios proyectos de ley sobre el EFAN, pero han sido engavetados. Es evidente que no hay voluntad política y se le niega el derecho fundamental a la información que asiste a los consumidores y usuarios de bienes y servicios.
Respecto de las etiquetas complementarias, que no cumplen ningún papel, el sector empresarial se ahorraría dinero si deja de colocarlas en los alimentos. Es una forma engañosa frente al consumidor y a quien corresponde regular.