Guardianes de la verdad Opinión

Impuesto Mínimo Global

¿Una unificación impositiva viable?

Los países pueden proteger su base tributaria y seguir compitiendo por inversión extranjera.

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El Impuesto Mínimo Global (IMG) es un acuerdo fiscal internacional que establece un gravamen efectivo del 15 % para los grandes grupos multinacionales con ingresos superiores a USA$1,245,000,000.00 millones de dólares.

Esto así, con el fin de evitar que trasladen beneficios a jurisdicciones de baja tributación y asegurar que paguen un nivel mínimo de impuestos en cada país donde operan. Su origen se encuentra en los debates impulsados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el G20, ante la digitalización de la economía, que permitió a muchas empresas generar beneficios en países donde casi no tenían presencia física, evidenciando que las reglas tradicionales del impuesto sobre sociedades habían quedado obsoletas.

Esto llevó al acuerdo dentro del cual se diseñó el IMG. Su objetivo central es frenar la erosión de bases imponibles, reducir la competencia fiscal nociva y garantizar una tributación más equitativa entre jurisdicciones fiscales similares o paralelas.

En cuanto a su viabilidad, aunque requiere reformas legales, capacidades administrativas y coordinación internacional, el marco común acordado y la amplia adhesión de países lo convierten en un instrumento factible, especialmente para limitar estructuras artificiales de planificación fiscal y fortalecer la recaudación global y funcional.

En otro orden de ideas, el Impuesto Mínimo Global facilita la coexistencia entre el Marco Inclusivo de la OCDE y regímenes nacionales con un impuesto mínimo del 15%. Además, este mecanismo establece una coexistencia pragmática entre el sistema tributario estadounidense y el de la OCDE, que pasan a “bailar pegao” juntos, pero no revueltos. Además, al mismo tiempo, busca:

a)-Reducir las cargas administrativas,

b)-Proteger la base imponible doméstica y ,

c)-Asegurar que los incentivos basados en sustancia sigan siendo compatibles con las nuevas reglas, lo cual constituye una buena noticia para América Latina y el Caribe (ALC).

Convivencia y armonía con los sistemas tributarios nacionales

Un Marco Inclusivo ha sido el espacio donde se diseñó este acuerdo fiscal para enfrentar los desafíos de la economía digital, esto así:

a)-CbCR (Country-by-Country Reporting o Reporte País por País)

c)-Reformas alineadas con BEPS 2.0, que incluyen un impuesto mínimo global del 15% para multinacionales

d)-Puerto Seguro “Side-by-Side” Permite que ciertos grupos multinacionales, si su casa matriz está en un país con un régimen reconocido, puedan aplicar un “puerto seguro” que reduzca a cero cualquier impuesto adicional que normalmente se calcularía bajo las modalidades:

-IIR Income Inclusion Rule o Regla de Inclusión de Ingresos

-UTPR Undertaxed Profits Rule o Regla de Utilidades Fiscalmente Privilegiadas.

NOTA 1.: Esto no impide que los países sigan aplicando sus propios impuestos mínimos domésticos calificados, conocidos como: QDMTT (Qualified Domestic Minimum Top-Up Tax o Impuesto Mínimo Doméstico Calificado).

NOTA 2.: El Puerto Seguro exime solo de la UTPR, aquellas utilidades domésticas de empresas cuya casa matriz está en un país con un sistema fiscal que cumple ciertos estándares.

DINAMICA DE APLICACIÓN

En términos simples:

-Si una jurisdicción tiene una tasa efectiva simplificada ≥15%, o

-Si presenta una pérdida simplificada, entonces no se calcula impuesto adicional ese año.

-Esto es especialmente útil para ALC, donde la mayoría de los países ya tienen tasas efectivas superiores al 15%.

El mecanismo permite usar:

-Estados financieros consolidados con pocos ajustes, homologados regionalmente.

-Cálculos simplificados por país

-Menos seguimiento de impuestos diferidos.

Nota 3.: Además, se extiende por un año el Transitional CbCR Safe Harbor (Puerto Seguro Transitorio basado en Reporte País por País), manteniendo el umbral del 15%.

Nuevos incentivos basados en sustancia económica real:

a)-Aquí está la novedad más relevante para ALC: el paquete reconoce que algunos incentivos fiscales son necesarios para atraer inversión, siempre que estén vinculados a actividades reales como empleo, producción o investigación.

b)-Surge así una nueva categoría: los QTIs (Qualified Tax Incentives o Incentivos Fiscales Calificados).

c)-Para ser considerados QTIs, los incentivos deben:

-Basarse en gastos reales (nómina, I+D, capacitación)

-Ser públicos y generales

-Estar vinculados a Covered Taxes (Impuestos Cubiertos), es decir, impuestos sobre la renta o utilidades según las reglas GloBE (Global Anti-Base Erosion o Normas Globales contra la Erosión de la Base Imponible)

c)-El beneficio tiene un límite (“tope de costo operacional”) basado en:

-5,5% de los costos de nómina o depreciación o

-1% del valor de los activos tangibles

d)-Sectores donde ALC puede ganar terreno:

-Minería verde y energías renovables

-Bioeconomía y agroindustria

-Tecnología e innovación

-Manufactura avanzada y nearshoring

NOTA 4.: El enfoque cambia: ya no se compite bajando impuestos, sino demostrando actividad real: empleo, activos, producción e innovación.

¿Qué podría significar todo esto para América Latina y el Caribe?

1-El impuesto mínimo global se vuelve más flexible.

Los países pueden proteger su base tributaria y seguir compitiendo por inversión extranjera.

2-Los impuestos mínimos domésticos ganan protagonismo.

3-Serian la herramienta clave para asegurar que los ingresos se queden en el país donde ocurre la actividad económica.

4-Los incentivos permitidos ahora son más amplios

5-Siempre que estén basados en sustancia real, los países pueden diseñar políticas para atraer inversiones de calidad.

6-El estándar del 15% se convierte en un “sello de calidad”.

NOTA 5.: Más que una imposición uniforme, funciona como un piso común que permite la convivencia de distintos sistemas tributarios.

Aplicación práctica para la República Dominicana

Para la República Dominicana, este nuevo marco representa una oportunidad concreta para modernizar su política fiscal sin perder competitividad. El país ya cuenta con sectores fuertes —turismo, zonas francas, minería, energías renovables y servicios digitales— que pueden beneficiarse de incentivos basados en sustancia real, como empleo, inversión en activos y actividades de innovación. Con un diseño cuidadoso, la República Dominicana puede aprovechar los Incentivos Fiscales Calificados (QTIs) para atraer inversiones de mayor calidad, proteger su base tributaria mediante un Impuesto Mínimo Doméstico Calificado (QDMTT) y, al mismo tiempo, alinearse con los estándares internacionales. En términos simples, el país puede seguir siendo competitivo, pero con reglas más claras, más estables y enfocadas en actividades económicas reales que generen valor, empleo y desarrollo sostenible.

Sobre el autor
VIRGILIO MALAGÓN ALVAREZ

VIRGILIO MALAGÓN ALVAREZ

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