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La abolición de la esclavitud en RD y el mundo

Lo de la abolición de la esclavitud se contraía a asesinar al blanco esclavizador y a darle candela a su propiedad.

Tomás Bobadilla

Tomás Bobadilla

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Por MANUEL OTILIO PÉREZ PÉREZ

De abolición y monarquía en la isla Santo Domingo

Lo de la abolición de la esclavitud se contraía a asesinar al blanco esclavizador y a darle candela a su propiedad.

Ellos nunca se plantearon el Sistema Democrático.

Pasaron de Saint Domingue a República de Haití.

Del sistema republicano con Presidente de 1804, saltaron a su primera monarquía con Emperador Jean Jacques I, si hay monarquía cesa la abolición, retorna la esclavitud.

A quien asesinaron en 1806, no fue al Presidente Dessalines, sino, al Emperador Jean Jacques I.

Tras el asesinato del Emperador Jean Jacques I, cayó el Imperio y el territorio se dividió en dos formas de gobierno, sin borrar su tendencia hacia la monarquía.

Divididos en República del Sur y en la Monarquía de Henry I, en el Norte hasta 1820.

A la muerte de ambos gobernantes del Sur y del Norte, surgió desde el Sur el General Jean Pierre Boyer.

J. P. Boyer logró la unificación del territorio de la República del Sur y el de la Monarquía del Norte, posteriormente, en 1822, también logró la unificación de todo el territorio insular Santo Domingo, al invadir con sus tropas la parte Oriental; rápidamente creó y emitió el Código Agrario de 1826, que es una forma eufemistica de retornar a la esclavitud.

El Presidente Faustin Soulouque en1849, luego de su derrota en la Batalla de Las Carreras en Baní, República Dominicana, infligida por el General Pedro Santana, se autodesignó/se conviertió en Jefe de la nueva Monarquía como Faustin I.

A quienes de ellos han sido presidentes, les gusta designarse "Presidente Vitalicio".

Nunca les han interesado el Sistema Democrático ni los Derechos Humanos.

El día 1° de marzo de 1844, fue abolida la esclavitud en República Dominicana, la Junta Central Gubernativa presidida por Tomás Bobadilla emitió su primer decreto ley (no había Cámaras Legislativas) de abolición de la esclavitud con el cual daba cumplimiento a la promesa hecha el 28 de febrero de 1844, en Monte Grande a Santiago Basora y sus amotinados.

El 17 de julio de 1844, fue reiterada la abolición de la esclavitud en República Dominicana, la Junta Central Gubernativa presidida por el general Pedro Santana emitió su decreto de la fecha ratificando el emitido previamente en 1° de marzo del mismo año la abolición de la esclavitud en República Dominicana.

En 1831, se produjo en Jamaica la revuelta más importante en territorio británico protagonizada por más de 20,000 esclavizados. Esto convenció a los británicos de la imposibilidad de mantener su régimen de esclavitud.

El 30 de noviembre de 1831, Inglaterra y Francia firmaron un tratado para suprimir la trata de negros.

En el Manifiesto del 16 de enero de 1844, donde expresa: "Los pueblos de la parte española de Santo Domingo...han resuelto separarse para siempre de la República Haitiana, para proveer a su seguridad y conservación, constituyéndose bajo sus antiguos límites, en un Estado Libre y Soberano. En el cual, y bajo sus leyes fundamentales, protegerá y garantizará el sistema democrático; la libertad de los ciudadanos abolíendo para siempre la esclavitud, la igualdad de los derechos civiles y políticos, sin atender a las distinciones de orígen ni de nacimiento...".

El 28 de febrero de 1844, la Junta Central Gubernativa presidida por Tomás Bobadilla, sofocó el alzamiento antiesclavista de Monte Grande, encabezado por Santiago Basora y los integró al combate por la independencia, constituyendo con ellos el Batallón Africano; al mismo tiempo que con esa capitulación el Gobierno le evitó a la recién nacida República la lucha en el frente interno. Ese logro de Tomás Bobadilla está pendiente de estudio.

Tomás Bobadilla puso fin a la esclavitud en la nueva República Dominicana por primera y única vez, y en la isla Santo Domingo por tercera y última vez, oficialmente mediante Decreto del 1° de marzo de 1844.

En la Resolución del 8 de marzo de 1844, de la Junta Central Gubernativa, presidida por Tomás Bobadilla, establece en su artículo 2do. "que jamás será atacada la libertad personal e individual de los que tuvieron la desgracia de ser esclavos en otro tiempo, ni los principios de igualdad que nosotros hemos proclamado".

En el Art. 6to es más específico y preciso cuando condiciona ceder la Península de Samaná, ya habiendo dicho en el Art 1°, lo relativo a la integridad territorial, ahora en la promesa de ceder esa península, estipula que habiéndola cedido y ocupada por Francia, "allí jamás habrá esclavitud".

Los franceses mantuvieron la esclavitud en sus colonias hasta el 26 de abril de 1848, fecha en que el Secretario de Estado de Colonias del Gobierno francés dominado por abolicionistas, firmó el decreto mediante el cual se eliminó para siempre la esclavitud en todas las colonias francesas.

El 21 de mayo de 1851, fue abolida la esclavitud legalmente en Colombia.

El 24 de marzo de 1854, el Presidente José Gregorio Monagas decreta la abolición de la esclavitud en Venezuela.

El 6 de junio de 1854, fue fundado en Estados Unidos el Partido Republicano, que se declara contrario a la esclavitud.

En 1855, en la Conferencia de Berlín, en que Gran Bretaña, Francia, Austria, Alemania, España, Rusia, Portugal, Holanda, Bélgica, Italia, Suecia y Dinamarca declararon junto con Estados Unidos contribuir en la supresión definitiva de la esclavitud.

El 22 de septiembre de 1862, el Presidente de Estados Unidos Abraham Lincoln promulga el Acta de emancipación de los esclavizados de Estados Unidos.

En julio de 1864, el Congreso de Estados Unidos aprobó la Enmienda 13va de la Constitución promulgada por el Presidente Abraham Lincoln.

La Décimo tercera Enmienda a la Constitución de Estados Unidos, que abolía la esclavitud, fue ratificada por todos los Estados de la Nación, el 6 de noviembre de 1865.

El 28 de febrero de 1869, fue abolida la esclavitud en todas las colonias de Portugal.

El 28 de septiembre de 1871, en Brasil se vota una ley que prohíbe la esclavitud infantil.

La Ley por la que se abolió esclavitud en Puerto Rico fue aprobada el 25 de marzo de 1873.

El 13 de marzo de 1880, Alfonso XII, Rey de España, firmó la Ley de abolición de la esclavitud en Cuba.

España declara la abolición de la esclavitud en Cuba el 13 de febrero de 1880.

El Congreso español aprueba la abolición de la esclavitud en su Colonia Cuba, el 19 de enero de 1886, es decir, 7 años después.

Brasil es el último país del Continente Americano en abolir la esclavitud. El 13 de marzo de 1888, el Emperador Pedro II, impulsado por la Princesa Isabel, mediante la Ley Áurea, declara la abolición de la esclavitud.

La Convención sobre la esclavitud promovida por la Sociedad de Naciones y firmada el 25 de septiembre de 1926, entró en vigor el 9 de marzo de 1929.

Fuera de nuestro Continente, en Madagascar y Sierra Leona, África, fue abolida la esclavitud por Decreto de 1896.

En Nigeria, África, en 1900, fue abolida la esclavitud.

La abolición llegó a Etiopía, África, en 1942.

El 10 de diciembre de 1948, las Naciones Unidas adoptaron la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

El 10 de diciembre es el Día Mundial de los Derechos Humanos.

En Arabia la abolición llegó en 1863.

En Mauritania fue abolida la esclavitud en 1981.

El 30 de julio es el Día Mundial Contra la Trata de Personas.

El Día Internacional del Recuerdo de la Trata de Esclavos y de su a Abolición se celebra el 23 de agosto.

El Día Internacional para la Abolición de la Esclavitud se celebra el 2 de diciembre.

En ese recuento mundial de la esclavitud y su abolición es lo que justifica las razones que llevaron a Tomás Bobadilla Briones a incluir la abolición de la esclavitud en el Manifiesto del 16 de enero de 1844, y a decidirlo en el primer Decreto de la Junta Central Gubernativa, presidida por él, el día 1° de marzo de 1844, tal como se lo había prometido a Santiago Basora y sus amotinados de Monte Grande el pasado 28 de febrero.

Tomás Bobadilla Briones antiesclavista desde 1830 y abolicionista desde el día 1° de marzo de 1844.

Tomás Bobadilla

¡Superior!

Vetilio Alfau Durán es categórico cuando afirma que:

"Ninguno de los grandes libertadores de América, ni como ápices de las guerras de la Emancipación americana, ni como gobernantes cuando estuvieron en el poder, fueron "abolicionistas".

(Vetilio Alfau Durán en el Listín Diario, Escritos I, compiladores Arístides Incháustegui y Blanca Delgado Malagón, Editora Corripio, 1994, pág 555).

Grandeza continental y universal del prócer dominicano

Tomás Bobadilla Briones.

Tomás Bobadilla Briones

antiesclavista abolicionista

Tomás Bobadilla Briones

¡SUPERIOR!

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