Jurisdicción Inmobiliaria
Agresiones a derechos de propiedad en el Este
Intranquiliza la confusión que impide diferenciar al auténtico desarrollador de proyectos del timador que se desplaza por la zona escapando al escrutinio y a la persecución de autoridades.

Editorial
Si bien la Jurisdicción Inmobiliaria dominicana permite a legítimos propietarios sentirse preservados en medio de la hiperactividad del mercado de bienes raíces de la provincia La Altagracia, impulsada con vigor por la inversión turística, las alarmas están encendidas por violaciones a la ley de ordenamiento territorial y por una ostensible asechanza de estafadores.
Intranquiliza la confusión que impide diferenciar al auténtico desarrollador de proyectos del timador que se desplaza por la zona escapando al escrutinio y a la persecución de autoridades. Contra el clima de seguridad para la inversión extranjera y nacional ha crecido el riesgo de caer desavisadamente en transacciones espurias que evidencian la proliferación de escrituras falsas y de usurpaciones de función. Las víctimas de engaños descubren tardíamente que no tienen reales derechos sobre bienes o que para entra en posesión de ellos tendrían que atravesar insondables procesos administrativos y contenciosos mientras poco puede hacerse contra los estafadores y sus coartadas.
Se trata de estafas estructuradas que desafían un orden jurídico que, tardíamente y en virtud de una legislación pendiente todavía de aprobación final, expone un prolongado vacío normativo que ha tenido al país sin medios para combatir la publicidad engañosa y exigir licencias a quienes operen en la intermediación de áreas territoriales principalmente en las zonas de fines turísticos.
No se hacen sentir evidentemente en espacios geográficos que cobran valor por una crecida demanda de infraestructuras para fine habitacionales y vacacionales los roles de protección integral ordenada por la ley al Ministerio de la Vivienda con poder regulatorio sobre compras y ventas de edificaciones y solares. Ni consta que ya exista y se aplique un Registro de Proveedores Inmobiliarios que permitiría al Ministerio Público con Código Penal en mano perseguir y castigar las falsificaciones de documentos y las estafas inmobiliarias.
La Ley número 358-05 dirigida a proteger a los consumidores de cualquier bien y servicio a nivel nacional debe ser aplicada para proteger a adquirientes de cualquier tipo de edificación o parcela en los ámbitos donde el turismo es un airoso motor de la economía.