Yailin La Más viral
Porte ilegal de armas en República Dominicana: sanciones y qué dice la ley
Cualquier persona que posea o tenga un arma de fuego de uso civil, municiones, explosivos o materiales relacionados sin la licencia correspondiente incurre en posesión ilegal.

Armas ocupadas.
Luego de que la Policía Nacional arrestara a la artista urbana Yailin La Más Viral, tras ocupar dos armas de fuego dentro de un vehículo Lamborghini verde de su propiedad, sus abogados aseguraron que las armas no le pertenecen.
A la cantante le acompañaban otras dos personas, cuyas identidades las autoridades mantienen bajo reserva.
El caso ha generado interrogantes sobre las sanciones que contempla la legislación dominicana por la posesión y portación ilegal de armas de fuego.
¿Qué establece la ley?
La Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados tipifica como delito la tenencia ilegal de armas.
En su artículo 66 establece que cualquier persona que posea o tenga un arma de fuego de uso civil, municiones, explosivos o materiales relacionados sin la licencia correspondiente incurre en posesión ilegal.
En estos casos, la normativa contempla:
- Pena de tres a cinco años de prisión cuando se trate de armas de fuego de uso civil.
- Pena de seis meses a dos años en otros casos.
- Decomiso del arma y demás artefactos incautados.
- Multa de 25 a 50 salarios mínimos del sector público.
Portación y uso ilegal
La legislación también sanciona a quienes transporten o porten armas de fuego sin licencia.
Para este delito se establecen las mismas penalidades:
- Tres a cinco años de prisión por armas de fuego de uso civil.
- Seis meses a dos años en otros casos.
- Decomiso de los objetos ocupados.
- Multa de 25 a 50 salarios mínimos del sector público.
Licencia: qué autoriza y requisitos
El capítulo IV de la ley indica que la licencia autoriza, por tiempo limitado, la realización de actividades con armas, municiones y materiales relacionados conforme a la normativa vigente.
Entre los principales requisitos figuran:
- Tener 30 años cumplidos.
- Presentar certificado de un psicólogo acreditado por el Colegio Dominicano de Psicólogos y vinculado al Ministerio de Salud Pública.
- Presentar anualmente pruebas antidopaje y de alcohol realizadas en laboratorios acreditados por el MIP.
- Documentos que prueben el origen legal del arma, adquirida en comercios autorizados por el MIP.
- Certificado de idoneidad para manejo de armas emitido por instructor habilitado por el MIP.
- Declaración jurada notarizada que justifique la necesidad de portación o tenencia, indique lugar de guarda y confirme conocimiento del marco legal.
- No poseer antecedentes penales. Si residió en el extranjero los últimos cinco años, debe presentar certificación apostillada de no antecedentes.