¿Cómo afrontar una situación de acoso sexual en el lugar de trabajo? Tenemos una situación de un colaborador que dirige uno de nuestros departamentos y hemos recibido quejas de una de las vendedoras bajo su dependencia. Y ya el año pasado habíamos recibido queja de otra vendedora, pero el asunto no escaló porque ella fue desvinculada, por otros motivos.
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El Art. 47.9 del Código de Trabajo dispone: “Está prohibido a los empleadores: …ejercer acciones contra el trabajador que puedan considerarse de acoso sexual, o apoyar o no intervenir en caso de que lo realicen sus representantes.” A partir de ese texto, la responsabilidad de un empleador podría quedar comprometida si no interviene o no brinda apoyo al colaborador denunciante de acoso sexual. Y si el acosador es una persona esencial en las operaciones de la empresa, a quien se desearía conservar, lo ideal es que se intervenga del modo siguiente. Convendría sostener una reunión con el colaborador que acosa, exponiéndole la denuncia que hay sobre su comportamiento y exhortándole a que se abstenga en su proceder, acompañado de uno que otro consejo. Luego habría que mantener en observación las cosas, y si resurge la queja de parte de la acosada, entonces habrá que llamar nuevamente acápite al acusador y al final de la reunión conviene dirigirle un correo electrónico, primero, haciendo referencia a la primera reunión, y segundo, fijando compromisos de su parte, acompañado de un tono de advertencia, en el sentido de que no debe de repetirse la situación.
Y si la situación persiste, entonces lo ideal es solicitar una visita de inspección, a partir de la cual (dependiendo lo que ocurra durante la inspección) habría que proceder con un despido justificado y sin prestaciones.